Anualmente, los contribuyentes que se encuentren dentro de la isla de Puerto Rico deben rendir un montón de trámites anualmente relacionados con las deducciones de los contribuyentes.
Entender cómo funcionan este tipo de trámites hace que sea más fácil la realización de los mismos, por eso en este artículo hablaremos sobre cómo llenar el formulario 483.2, documento indispensable en caso que necesitemos reclamar un problema al registrar los ingresos anuales al sistema de hacienda.
¿Qué es el Formulario 4832?
El formulario 483.2 es un documento legal emitido por el Departamento de Hacienda de Puerto Rico, se utiliza para hacer reclamos a la institución gubernamental sobre las deducciones o créditos específicos y funciona para reportar los ingresos individuales del último año fiscal.
Este documento debe ser expuesto a las instituciones correspondientes al finalizar el año fiscal a través de la plataforma web del Departamento de Hacienda. Sin embargo, se puede presentar de manera presencial en caso que la plataforma virtual no funcione, se deberá justificar el porqué de la falla.
¿Para qué es necesario?
Todos los años, las personas que generen ingresos y se encuentren dentro de la jurisprudencia de la República de Puerto Rico deben reportar los ingresos que acumularon por su trabajo durante el último año fiscal, una de las vías para hacerlo es por el formulario 483.2. Aunque su función principal es la de reportar algún error en el registro de las deducciones o créditos específicos.
¿Quiénes están obligados a presentarlo?
Por supuesto, este documento no debe ser llenado y entregado por todos los ciudadanos de Puerto Rico, solo una cierta cantidad de personas que cumplan con unas cualidades específicas deben entregar anualmente este documento, algunas de las personas que tienen o pueden entregar el formulario 483.2 son:
- Cualquier contribuyente, casado y puertorriqueño que presente un ingreso anual bruto en sus exenciones superior a 5.000 dólares.
- Cualquier extranjero con ciudadanía americana no residente de Puerto Rico que presente un ingreso anual que supere los 5.000 dólares, con exenciones incluidas. No importa su estado civil.
- Los contribuyentes que presenten ingresos valorados en 150.000 dólares. Al mismo tiempo, ese ingreso debe estar sujeto a contribuciones distintas y alternas.
¿Cómo se puede obtener?
Como el formulario 483.2 es uno de los más solicitados debido a su utilidad, es muy fácil conseguirlo. Para conseguirlo con éxito debemos seguir los siguientes pasos:
- Debemos ingresar a la página perteneciente al Departamento de Hacienda y buscar la opción llamada “Planillas, Formularios y Anejos”. Daremos clic sobre esa opción.
- Cargará otra página, deberemos escoger y presionar la opción “Contribución sobre ingresos”.
- En pantalla presenciaremos un cuadro donde podremos buscar el formulario de nuestra elección ingresando el número correspondiente. Una vez puesto se da a “Filtrar” y daremos clic al documento más reciente.
- Una vez seleccionado el formulario 483.2 nos dará la opción de descargar el documento.
¿Cómo se debe llenar el formulario?
Antes de llenar el formulario 483.2 hay que tener en cuenta dos cosas. La primera es que solo se ha de llenar el documento si no se pudieron radicar electrónicamente los ingresos del contribuyente, la segunda cuestión es que obligatoriamente debe entregarse en una oficina autorizada para su certificación legal, sin más preámbulos, explicaremos las instrucciones para llenar la planilla del formulario 483.2.
- La primera parte del formulario se debe escribir el nombre completo del cónyuge y del contribuyente, la dirección residencial, número telefónico, correo electrónico, número de seguro social, etc.
- Se debe marcar con una X las opciones por las cuales no se pudo radicar el formulario 483.2, el formulario ofrece 17 razones.
- Anexar información relacionada con el contribuyente y sus ingresos, se solicitarán datos como la firma del contribuyente del cónyuge y del especialista.
¿Qué debo hacer para radicar el Formulario 4832?
Descargar y llenar el formulario es una tarea verdaderamente sencilla tomando en cuenta las facilidades que otorga la institución gubernamental que la otorga para entregarla. Si queremos radicar el formulario 483.2 tenemos dos opciones igual de efectivas para llevar a cabo la solicitud.
El individuo solicitante puede radiar el formulario mediante la página web del Departamento de Hacienda, esta es la medida más rápida y sencilla. La otra opción implica ir de manera personal a una oficina del Departamento de Hacienda con la planilla llenada de manera correcta en el horario estipulado para recibir formularios y esperar, pacientemente, una respuesta.
¿Cuál es el momento adecuado para presentarlo?
Mucho se ha hablado y comentado sobre el momento del año en que se debe o se puede presentar el formulario 483.2 al Departamento de Hacienda. Se habla que es a principio de año, sin embargo, este tipo de trámites tan específicos tienen que realizarse antes del 17 de abril, solo en caso que el solicitante haga una radicación en un año natural.
¿Dónde puedes ir a entregar el formulario?
Las facilidades otorgadas por el Departamento de Hacienda hacen cada vez más fácil la realización de la entrega del formulario 483.2. Actualmente puedes entregar el documento, una vez listo, a cualquiera de los departamentos autorizados asociados al Departamento de Hacienda de Puerto Rico.
Puede acudir a los siguientes lugares:
- Oficina principal del Departamento de Hacienda, ideal para completar el trámite: Edificio Intendente Alejandro Ramírez, Paseo Covadonga #10, Viejo San Juan.
- Contralorías de Rentas Internas.
- En algunos centros de orientación para completar planillas también realizan este encargo.
¿Quiénes están exentos?
De una u otra manera, no todos los ciudadanos tienen la necesidad de radicar el formulario 483.2 para radicar o tramitar los ingresos que presenta un individuo anualmente, algunos casos exentos de esta particularidad son:
- Extranjeros que tengan alguna relación con explotación industrial, explotación de comercio y no sean residentes oficiales de la isla de Puerto Rico.
- Estar asociado (legalmente ser socio) con una empresa o accionista cuyo cierre de año contributivo sea distinto al 31 de diciembre.
- Contribuyentes que presente acuerdos con organizaciones especializadas con comercio y exportación de productos posicionada en Puerto Rico, siempre y cuando cumpla la Ley 1-2013 que tiene que ver con las contrataciones en el campo laboral.
- El contribuyente que tengan un problema frente al Departamento de Hacienda sobre reducciones y aportaciones emitidas por el sistema gubernamental de pensiones.
- Personas que deben hacer reclamos crediticios relacionados con el complejo B.
- Cuando el contribuyente en cuestión se encuentre en un proceso de reclamo debido a inversiones, pueden ser dentro o fuera del territorio nacional, donde todos los reclamos pertenezcan al mismo fondo capital de corte privada.
- Si el contribuyente tiene o presenta una fuente de ingresos proveniente de una pensión y dicho ingreso por la pensión sea inferior a 15.000 dólares.
- Personas residentes en Puerto Rico que estén optando por créditos en el programa de oportunidad americana.
- Personas relacionadas con el modelo SC 2668.
Aspectos importantes que debes saber
Hay algunas cosas que debes tomar en cuenta a la hora de realizar el formulario 4832 y son las siguientes.
- El formulario 483.2 debido a su condición y utilidad para la población puertorriqueña es totalmente gratuita, en caso que se necesite puede buscarse en la página central o principal del Departamento de Hacienda de Puerto Rico, el sistema no pedirá ningún tipo de pago por el formulario.
- En relación con las deducciones o créditos que puede llegar a tener, o haber tenido el contribuyente. El formulario 483.2 es el único documento que se necesitara para realizar algún reclamo que tenga que ver con deducciones o créditos.
- En caso de desear emitir una copia del formulario 483.2, debe dirigirse directamente a la página del Sistema Unificado de Rentas Internas. Por supuesto, el solicitante de la copia debe encontrarse registrado en la plataforma para poder seguir el procedimiento que SURI indica.
Esperamos que el presente artículo te haya sido de utilidad para entender a profundidad el formulario 483.2 y todo lo que implica dicho trámite, documento indispensable y de corte anual que puede ser usado de manera convencional.